En plena temporada de Cuaresma 2025, la Secretaría de Salud del Estado de México ha intensificado las labores de verificación sanitaria en establecimientos que comercializan pescados y mariscos, con el objetivo de prevenir intoxicaciones alimentarias y proteger la salud de los consumidores.
Desde el 3 de marzo y hasta el 27 de abril, las autoridades estatales realizarán 270 verificaciones sanitarias en diferentes puntos de la entidad, como parte de un operativo coordinado por el Instituto de Salud del Estado de México (ISEM) y la Coordinación de Regulación Sanitaria. Hasta el momento, 128 establecimientos ya han sido supervisados.
¿Qué se revisa en los comercios de mariscos?
Los verificadores se aseguran de que los negocios cumplan con la cadena de frío, la higiene en el manejo de alimentos, y que los productos pesqueros se encuentren frescos y en buen estado. Esto incluye revisar que no tengan rastros de sangre, vísceras, tierra o mal olor.
Además, 290 trabajadores de este sector han sido capacitados en buenas prácticas de higiene y conservación, como parte del esfuerzo por mejorar la calidad sanitaria.
El operativo también contempla la toma de 350 muestras que serán analizadas en el Laboratorio Estatal de Salud Pública, con el fin de descartar la presencia de bacterias peligrosas como Vibrio cholerae 01 y Vibrio parahaemolyticus, causantes de enfermedades como el cólera y la gastroenteritis aguda.
Recomendaciones a la población
La Secretaría de Salud del Edomex recomienda a la ciudadanía que al comprar pescados y mariscos:
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Prefiera locales establecidos y regulados.
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Verifique que los productos estén refrigerados o congelados.
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Observe que tengan ojos brillantes, piel firme y sin mal olor.
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Evite adquirir productos con escamas que se desprendan fácilmente.
Estas medidas ayudan a reducir el riesgo de enfermedades gastrointestinales que suelen incrementarse en esta temporada por el alto consumo de productos del mar.
¿Habrá pago doble en Semana Santa?
Aunque muchos disfrutan de vacaciones entre el 13 y el 20 de abril, la Ley Federal del Trabajo no establece los Días Santos como descanso obligatorio. Por lo tanto, no hay pago doble por laborar el Jueves 17 o Viernes 18 de abril. Sin embargo, si se trabaja en domingo, aplica una prima dominical del 25% sobre el salario diario.